En los tiempos que vivimos, todos sabemos que los recortes afectan ya todas las áreas que abarca el Estado del Bienestar. Es decir, cuando se piensa que no existe ningún ámbito sensible al recorte, algo o alguien te demuestran que sí. Cuando la Ley de la Dependencia se aprobó, (esta Ley se llama Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia y a las familias) véase como hay palabras tales como “autonomía” “personal” “atención” y la última palabra es “familias”, muchos cuidadores tuvieron una ayuda frente a los problemas económicos y/o logísticos que tenían frente al cuidado de un familiar en situación de dependencia.
Pues bien, no es ningún secreto que ésta Ley se encuentra paralizada. En la actualidad, desde las asociaciones se aconseja a las familias que la soliciten, pero también se les informa que no van a recibir ninguna ayuda hasta, al menos, pasado un año desde la solicitud. Actualmente ésta Ley, que tiene tan sólo 5 años de vida se encuentra estancada, desfasada y confeccionada en base a unos presupuestos realizados en época de bonanza que nada tienen que ver con los que nos presentan ahora. La situación de colapso financiero en la que nos encontramos, no sólo hace que las personas en situación desfavorecida se encuentren privadas de los beneficios necesarios que aporta esta Ley, sino que hace que los que se encuentran a la cabeza de la estructuración de los presupuestos piensen y den a entender que no es viable ni sostenible.
¿Con qué reformas nos encontramos en la Ley?
1. Se rebajan un 15% las pagas que perciben los familiares que atienden a personas dependientes y se restringen los pagos con carácter retroactivo
2. Se revisa al alza el copago al introducir nuevos criterios de evaluación de la capacidad económica de los usuarios
3. En relación a los cuidadores, se recorta un 15% la prestación económica, dejando libertad a las comunidades autónomas para agudizar esta reducción en los casos que estimen oportunos.
4. Quienes ya estén en el sistema, seguirán cotizando a la Seguridad Social como hasta ahora, pero los nuevos cuidadores estarán sujetos a un régimen transitorio mientras se diseña un nuevo sistema al que serán transferidos todos los cuidadores en el futuro. Además, se les exigirá cumplir con unos "conocimientos básicos" para atender al dependiente, así como convivir en el mismo domicilio que la persona que se encuentra a su cuidado.
5. La persona dependiente solo podrá reclamar los pagos atrasados de la prestación a la que tenga derecho, si la Administración ha tardado más de dos años en comenzar a pagarle: la Comunidad Autónoma a la que pertenezca puede demorarse en este plazo sin tener después que abonar el retraso de forma acumulada. En la actualidad, esta retroactividad está fijada en seis meses.
6. En cuanto a la organización en sí del Sistema de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia (S.A.A.D.), se simplifican los grados de reconocimiento de dependencia (de seis niveles se pasa a tres grados) y se pospone al año 2.015 la incorporación de nuevos usuarios de Grado 1, es decir, dependientes moderados, para, siempre según el Gobierno, dar mas cabida a los grandes dependientes.
1. Se rebajan un 15% las pagas que perciben los familiares que atienden a personas dependientes y se restringen los pagos con carácter retroactivo
2. Se revisa al alza el copago al introducir nuevos criterios de evaluación de la capacidad económica de los usuarios
3. En relación a los cuidadores, se recorta un 15% la prestación económica, dejando libertad a las comunidades autónomas para agudizar esta reducción en los casos que estimen oportunos.
4. Quienes ya estén en el sistema, seguirán cotizando a la Seguridad Social como hasta ahora, pero los nuevos cuidadores estarán sujetos a un régimen transitorio mientras se diseña un nuevo sistema al que serán transferidos todos los cuidadores en el futuro. Además, se les exigirá cumplir con unos "conocimientos básicos" para atender al dependiente, así como convivir en el mismo domicilio que la persona que se encuentra a su cuidado.
5. La persona dependiente solo podrá reclamar los pagos atrasados de la prestación a la que tenga derecho, si la Administración ha tardado más de dos años en comenzar a pagarle: la Comunidad Autónoma a la que pertenezca puede demorarse en este plazo sin tener después que abonar el retraso de forma acumulada. En la actualidad, esta retroactividad está fijada en seis meses.
6. En cuanto a la organización en sí del Sistema de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia (S.A.A.D.), se simplifican los grados de reconocimiento de dependencia (de seis niveles se pasa a tres grados) y se pospone al año 2.015 la incorporación de nuevos usuarios de Grado 1, es decir, dependientes moderados, para, siempre según el Gobierno, dar mas cabida a los grandes dependientes.
Nuestras preguntas desde aquí son : ¿conseguirán estas reformas dinamitar la figura del cuidador? ¿Qué se pretende recortando esta Ley? ¿La única forma de frenar la crisis es restringiendo las ayudas de carácter social? ¿Esta reforma es una demolición estructurada y controlada de esta Ley, con el propósito de su extinción a medio plazo.
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La verdad es que es una vergüenza que a una ley tan necesaria y vital como lo es ésta, se le pongan tantas trabas. Así, no es de extrañar que las familias con enfermos dependientes a su cargo se vean tan desamparadas ante la escasez (o nulidad en otros casos)de las ayudas necesarias.
ResponderEliminarEfectivamente Sheila, siempre que hay recortes, hay colectivos de personas que se ven mermados, y personas que, injustamente ven sus capacidades económicas diezmadas de forma injusta, pero en este caso, es especialmente doloroso que a un aspecto vital como es la asistencia a las personas que dependen de otr@s para vivir se le recorte de esta forma tan audaz.Gracias por tu comentario.
ResponderEliminarUn saludo.